lunes, 13 de junio de 2011

LA PERSPECTIVA DE LA ETICA

La perspectiva de la etica.
El desafío es ensayar los fundamentos que la perspectiva del eje Universal-Singular nos aporta. Es decir, se trata de analizar la situación y su encuadre deontológico desde la perspectiva ética. La posición moral, de acatamiento automático respecto del código y de la ley, nos conduciría por una parte, necesariamente a conclusiones morales y, por la otra, a una posición moral respecto de un eventual trabajo clínico. Tendríamos que hablar allí de una posición que intenta hacer consistir el campo normativo. No es posible tal aplicación automática de la norma; y la consistencia de ese campo es ilusoria.
Los resultados de las acciones del hombre dependen en forma decisiva de su voluntad y del pensamiento. Los miembros del club de Roma, asamblea informal de científicos, ejecutivos y políticos fundada en 1968, considera que el porvenir de la humanidad no esta predeterminado y que los conflictos, las crisis y las catástrofes previsibles, en cuyas raíces se alimenta un excesivo egoísmo y un deficiente liderazgo; pudieran superarse destruyendo estos antivalores. ¿Pero como lograrlo? para lograrlo es necesario que cada individuo asuma con responsabilidad su propio futuro utilizando su raciocinio, sus sentimiento, su espiritualidad, su yo interior; en aras de impulsar estrategias más humanas, imaginativas y creativas capaces de superar la complejidad de un mundo que se está destruyendo así mismo.
la formulación explícita y sistemática de las tesis de que Derecho y Moral son dos tipos radicalmente diferentes e independientes de normatividad ética es una conquista reciente del pensamiento humano, trescientos años atrás, se les veía todavía dentro de una estrecha relación de unidad y dependencia.
Los grupos humanos se rigieron durante largo tiempo por una normatividad unitaria y difusa, cuyo origen se atribuía conjuntamente a los antepasados y a los dioses. En esa normatividad estaban incluidos en confusión aspectos hay tan claramente distintos como el religioso, el moral, el jurídico, el de la urbanidad e incluso el higiénico-sanitario.
Más adelante, durante la larga etapa que cubre el período de la Edad Media y parte de la Moderna, se desarrolló ya sistemáticamente el germen de la distinción. Es cierto que Derecho y Moral seguían todavía estrechamente vinculados como parte de una realidad superior: la Ética. Pero eran entendidos como realidades distintas, por lo menos parcialmente, ya que el Derecho (o ley humana positiva) ocupaba un sector propio dentro del amplio campo de la normatividad moral, si bien sometido a las exigencias de la normatividad moral superior (manifestación de ley eterna a través de la ley natural).
Y, al fin, avanzada ya la Edad Moderna, la distinción teórica entre Derecho y Moral, no sólo se consolidó, sino que fue explícitamente formalizada. Según Tomasio, la búsqueda humana de la felicidad se ve apoyada por tres tipos de reglas: las del decoro (=reglas de buena educación), las de la honestidad y las de la justicia. Las reglas de la honestidad (=Moral) tienden a procurar la paz interior, obligan en conciencia y no son coactivas. Las reglas de la justicia (=Derecho) tiene a procurar la paz externa, regulan las relaciones con los demás y son coactivas. Así pues, mientras las normas morales se caracterizan por las notas de interioridad y no-coercibilidad, los rasgos definitivos de las reglas jurídicas son la exterioridad y la coactividad.
Este planteamiento de Tomasio fue asumido por Kant. Según el filósofo, las leyes morales se refieren a la libertad interna, son autónomas (en cuanto que el hombre, al cumplirlas, se somete a su propia legislación racional) y no son ni pueden ser coactivas. Por el contrario, el Derecho tiende a la protección de la libertad en su manifestación externa, impone deberes externos, es heterónomo y es también esencialmente coactivo, puesto que, en caso contrario, no podría cumplir su propia finalidad.
Esta separación teórica entre Derecho y Moral fue acentuada más tarde por Fichte al poner de relieve que la distinción puede llegar a extremos de contradicción, por cuanto las normas jurídicas pueden considerar lícitas e incluso obligatorias conductas que están claramente prohibidas por la moral.

3 comentarios:

  1. creo que tu trabajo esta muy bien, ya que incluyes toda la teoría sobre la ética , en la actualidad, abarcas la mayoría de los puntos y por otra parte demuestras un buen criterio.
    buen trabajo.

    ResponderEliminar
  2. me parece muy bueno tu trabajo creo que explicas algo pero tus puntos sobre el tema son totalmente relativos

    ResponderEliminar
  3. bn solo te digo que esta bn hecho tu blog y en verdad te basas en la informacion que debes de tener bn ya que das propia opinion sobre el tema y te basas bien en la informacion

    ResponderEliminar